Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los propietarios de viviendas unifamiliares pueden deducir el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética hasta un máximo de 5.000 euros anuales. Se requiere acreditar, mediante certificado de eficiencia energética, una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o la mejora de la calificación a clase 'A' o 'B'. En caso de copropiedad, cada titular aplica la deducción según su porcentaje de titularidad, incluso si la factura se emite a nombre de un solo cotitular.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a los requisitos técnicos de eficiencia energética y los límites de la deducción. La evolución se centra en la precisión sobre la aplicación de la deducción en casos de copropiedad y la flexibilidad en los medios de prueba para acreditar los pagos.
Puntos de inflexión
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Establece que el límite de 5.000 euros de base máxima anual se aplica de forma individual para cada copropietario según su porcentaje de titularidad.
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Precisa que la deducción es aplicable aunque la factura de las obras se expida únicamente a nombre de uno de los cotitulares.
Análisis basado en 47 de 52 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.