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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre transmisión de actividad

20 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «transmisión de actividad», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 20 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Para aplicar el tipo reducido del 15%, la entidad debe ser de nueva creación y desarrollar una actividad económica. No se considera iniciada una actividad si esta fue realizada previamente por personas o entidades vinculadas y transmitida a la nueva entidad. La transmisión de elementos como existencias, inmovilizado o actividad previa por parte de un vinculado impide el uso de este beneficio.

La posición de la DGT se mantiene constante en la interpretación de la transmisión de actividad. Desde 2016, la doctrina se centra en impedir el uso del tipo reducido cuando la actividad proviene de entidades o personas vinculadas. No se observan cambios en el criterio, sino una aplicación reiterada de la prohibición.

Puntos de inflexión

  1. V3147-16

    Establece que no se aplica el tipo reducido si la actividad fue ejercida el año anterior por una persona física con una participación superior al 50% en el capital.

Análisis basado en 18 de 20 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

20 consultas

V3018-15 8 oct 2015

No se puede aplicar el tipo reducido de entidades de nueva creación si se transmite una actividad previa de una entidad vinculada

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
entidades de nueva creacióntipo de gravamen reducidoentidades vinculadasactividad económicatransmisión de actividad TRLIS — RDLeg 4/2004 (derogado por la Ley 27/2014) art. 16TRLIS — RDLeg 4/2004 (derogado por la Ley 27/2014) art. disposición adicional 19ª
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