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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre suministros

24 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «suministros», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 21 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

Los suministros de la vivienda habitual (agua, luz, teléfono, etc.) no son deducibles si se utilizan simultáneamente para necesidades privadas. En el caso de afectación parcial, la deducción de suministros mediante el porcentaje del 30% de la superficie destinada a la actividad solo es aplicable si se cumplen los requisitos de afectación económica. Si el pagador asume consumos de electricidad y gas que pueden individualizarse, estos constituyen un rendimiento adicional del trabajo para el empleado.

La posición de la DGT ha pasado de exigir una acreditación de vinculación exclusiva para la deducción de suministros a aplicar la regla del 30% de la superficie destinada a la actividad a partir de 2018. No obstante, la doctrina reciente vuelve a señalar que no procede la deducción si los suministros se usan simultáneamente para fines privados. La última consulta matiza el tratamiento de estos consumos cuando son asumidos por el pagador en el ámbito laboral.

Puntos de inflexión

  1. V1957-19

    Introduce la aplicación del porcentaje del 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad para la deducción de suministros a partir de 2018.

  2. V1201-24

    Establece que los consumos de electricidad y gas individualizables asumidos por el pagador son un rendimiento adicional del trabajo.

Análisis basado en 20 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

24 consultas

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