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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre situación familiar

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «situación familiar», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 10 consultas · 2015–2023

Criterio vigente

La situación familiar en el modelo 145 depende de la convivencia real y del estado civil legal, no de la separación de hecho. Para la situación de familia monoparental, se requiere la convivencia exclusiva de los hijos con el perceptor. En casos de convivencia con ambos progenitores, el descendiente se computa por mitad para el cálculo de la retención.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los artículos 81 y 82 del RIRPF. Las consultas han ido precisando el tratamiento de los descendientes en casos de convivencia compartida y la exclusión de rentas exentas para determinar la situación de cónyuge. No se observa un cambio de criterio, sino una aplicación técnica de la normativa sobre convivencia y estado civil.

Puntos de inflexión

  1. V1793-21

    Precisa que al convivir con ambos progenitores, el descendiente se computa por mitad (50%) para el cálculo del tipo de retención.

  2. V0799-22

    Aclara que las pensiones exentas por incapacidad no computan para el límite de 1.500 euros del cónyuge, permitiendo aplicar la situación familiar de cónyuge.

Análisis basado en 9 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

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