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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre simulación

11 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «simulación», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 11 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La Administración tributaria mantiene la facultad de aplicar las instituciones de simulación o conflicto cuando los hechos económicos se apartan de la realidad para obtener un beneficio fiscal. En el ámbito de la estimación objetiva, las operaciones de sociedades donde el sujeto es accionista o administrador no computan para el límite de actividad personal. Sin embargo, se vigila que la estructura no se utilice con la exclusiva finalidad de reducir la carga tributaria.

La posición de la DGT se mantiene constante en la defensa de la realidad económica frente a la artificiosidad. A lo largo de las consultas, se reitera que la Administración es la competente para declarar la simulación cuando se utiliza la economía de opción con fines exclusivamente de reducción de carga tributaria. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación recurrente de estas instituciones en diversos ámbitos como planes de pensiones o estimación objetiva.

Puntos de inflexión

  1. V3158-17

    Establece que la Administración es la única competente para declarar la simulación y que el límite de la economía de opción es la artificiosidad con finalidad exclusiva de reducir la carga tributaria.

Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

11 consultas

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