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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre régimen especial de fusión

15 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «régimen especial de fusión», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 14 consultas · 2014–2022

Criterio vigente

La operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir los requisitos del artículo 76.1.a) de la LIS. Es imprescindible que existan motivos económicos válidos, como la reestructuración o racionalización de actividades, y que el objetivo principal no sea el fraude o la ventaja fiscal. La existencia de bases imponibles negativas o de entidades vinculadas no impide la aplicación del régimen.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. Se reitera sistemáticamente la necesidad de cumplir la normativa mercantil y la existencia de motivos económicos válidos para evitar la aplicación del artículo 89.2 LIS (antes 96.2 TRLIS). No se observan cambios en la interpretación de los requisitos sustantivos.

Análisis basado en 11 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

15 consultas

V1833-16 26 abr 2016

Se puede aplicar el régimen especial de fusión si la operación cumple requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusiónmotivos económicos válidosracionalización de actividadestransmisión de patrimoniomodificaciones estructurales LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.aLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 77
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V3874-15 3 dic 2015

Se puede aplicar el régimen especial de fusión si la operación cumple los requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusiónmotivos económicos válidosbases imponibles negativastransmisión de patrimoniosubrogación de bases LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.aLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 77.1.a
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V1881-14 14 jul 2014

Una fusión puede acogerse al régimen especial de IS si tiene motivos económicos válidos y cumple la Ley de Sociedades Mercantiles

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusiónmotivos económicos válidosreestructuración societariabases imponibles negativastransmisión de patrimonio TRLIS Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre SociedadesLey 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
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V0623-14 7 mar 2014

Posibilidad de aplicar el régimen especial de fusión y la consolidación fiscal en fusiones transfronterizas con establecimiento permanente en España

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusiónconsolidación fiscalestablecimiento permanentefusión por absorciónsubrogación TRLIS — RDLeg 4/2004 (derogado por la Ley 27/2014) art. 26.2TRLIS — RDLeg 4/2004 (derogado por la Ley 27/2014) art. 67.2.a
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