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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre productos de apoyo

86 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «productos de apoyo», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 63 consultas · 2017–2026

Criterio vigente

El tipo reducido del 10% se aplica a equipos médicos y productos de apoyo diseñados para aliviar o tratar deficiencias para uso personal y exclusivo de personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales. Para que proceda este tipo, el producto debe cumplir con las características objetivas de diseño y estar incluido en el apartado octavo del Anexo de la Ley del IVA. La aplicación del tipo depende de la naturaleza del bien y no de la condición del adquirente.

La posición de la DGT ha pasado de una interpretación amplia en 2017 a una aplicación estrictamente vinculada a la enumeración del Anexo de la Ley del IVA. A partir de 2021, la administración exige que el producto esté específicamente mencionado en dicho apartado para acceder al tipo reducido. Esta exigencia de vinculación con el Anexo se mantiene constante en las consultas más recientes.

Puntos de inflexión

  1. V1358-21

    Introduce la exigencia de que los productos deben figurar en el anexo de la Ley para aplicar el tipo reducido del 10%.

Análisis basado en 62 de 63 consultas con criterio disponible. Actualizado 22 de septiembre de 2026.

86 consultas

V2579-24 12 dic 2024

El vaso adaptado con tapa, boquilla y asa tributa al 21% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo impositivoproductos de apoyodeficiencias físicastipo reducidocaracterísticas objetivas LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.6º.c
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V2016-23 11 jul 2023

Las barandillas de cama tributan al tipo general del 21% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo impositivoproductos de apoyodeficiencias físicasbienes de uso personaltipo reducido LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90.unoLIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.uno.1.6.c
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V2015-23 11 jul 2023

Los protectores de escayolas tributan al tipo general del 21% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo impositivoproductos de apoyodeficiencias físicastipo reducidoprotector de escayola LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90.unoLIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.uno.1.6º.c
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V4746-16 10 nov 2016

Los bastones y muletillas tributan al tipo general del 21% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo reducidotipo generalequipos médicosdeficiencias físicascaracterísticas objetivas LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.6.cLIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90.Uno
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