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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre primas satisfechas

24 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «primas satisfechas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 17 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

El rendimiento del capital mobiliario en seguros de vida se calcula restando las primas satisfechas al capital percibido. Las primas pagadas por el empleador solo se consideran satisfechas si fueron objeto de imputación fiscal al trabajador como rendimiento en especie. El rendimiento resultante se integra en la base imponible del ahorro.

La posición de la DGT se mantiene constante en la fórmula de cálculo del rendimiento. La única precisión relevante es la confirmación de que las aportaciones empresariales solo computan como primas si hubo imputación fiscal previa en el IRPF del trabajador.

Puntos de inflexión

  1. V1663-14

    Establece que las aportaciones empresariales pueden incluirse como primas satisfechas siempre que hayan sido objeto de imputación fiscal al trabajador como rendimiento en especie.

Análisis basado en 17 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

24 consultas

V1904-20 11 jun 2020

Determinación del rendimiento del capital mobiliario en seguros de vida

SG de Tributación de las Operaciones Financieras
rendimientos del capital mobiliariocontrato de seguro de vidacapital en riesgoprovisión matemáticabase imponible del ahorro LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 25.3LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 17.2.a
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