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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre pérdidas en el juego

11 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «pérdidas en el juego», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 11 consultas · 2016–2023

Criterio vigente

Las ganancias por juegos de suerte y azar son ganancias patrimoniales. Las pérdidas no computan si exceden las ganancias obtenidas en el mismo periodo impositivo ni si derivan de juegos sujetos al gravamen especial. La justificación de las pérdidas se realiza mediante los medios de prueba admitidos en Derecho, cuya valoración corresponde a la Administración según el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La posición de la DGT se mantiene constante en la calificación de los premios como ganancias patrimoniales y en la limitación de las pérdidas al importe de las ganancias obtenidas. La evolución se centra en la precisión sobre la exclusión de los juegos con gravamen especial y en la especificación de los medios de prueba para justificar las pérdidas.

Puntos de inflexión

  1. V0619-22

    Se precisa que no se computarán las pérdidas derivadas de los juegos sujetos al gravamen especial.

  2. V3081-23

    Se establece que la valoración de las pruebas para justificar pérdidas, como boletos o resguardos, se rige por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

11 consultas

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