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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre herederos

12 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «herederos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 12 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

Los rendimientos de propiedad intelectual percibidos por herederos que no son autores se clasifican como rendimientos del capital mobiliario. En el IRPF, solo son deducibles los gastos de administración y depósito de valores o aquellos necesarios para la obtención de rendimientos por asistencia técnica o arrendamiento. Los gastos de gestión de entidades como la SGAE no son deducibles bajo este concepto.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la naturaleza de los rendimientos de propiedad intelectual para herederos, tratándolos como capital mobiliario. No se observan cambios en la doctrina, sino una reiteración de la calificación tributaria y la limitación de la deducibilidad de gastos.

Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

12 consultas

V2550-14 20 sept 2014

No se puede deducir un préstamo del fallecido si el acreedor es un heredero

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
base imponibletransmisiones mortis causadeudas deduciblescausanteherederos LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 9.aLISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 13.1
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