Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En la afectación parcial de la vivienda, los gastos de titularidad o arrendamiento se deducen proporcionalmente a la parte afectada. Para los suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e Internet), la deducción se limita al 30% del porcentaje de metros cuadrados destinados a la actividad.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2018. Tras una mención inicial en 2015 que condicionaba la deducibilidad de suministros a un uso exclusivo, la administración fijó la regla del 30% sobre la proporción de metros cuadrados, criterio que se ha reiterado en todas las consultas posteriores.
Puntos de inflexión
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Establece la regla de cálculo para suministros, indicando que la deducción será el 30% del porcentaje de metros cuadrados destinados a la actividad.
Análisis basado en 22 de 25 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.