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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre gastos de suministros

27 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «gastos de suministros», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 25 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

En la afectación parcial de la vivienda, los gastos de titularidad o arrendamiento se deducen proporcionalmente a la parte afectada. Para los suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e Internet), la deducción se limita al 30% del porcentaje de metros cuadrados destinados a la actividad.

La posición de la DGT se mantiene constante desde 2018. Tras una mención inicial en 2015 que condicionaba la deducibilidad de suministros a un uso exclusivo, la administración fijó la regla del 30% sobre la proporción de metros cuadrados, criterio que se ha reiterado en todas las consultas posteriores.

Puntos de inflexión

  1. V3229-18

    Establece la regla de cálculo para suministros, indicando que la deducción será el 30% del porcentaje de metros cuadrados destinados a la actividad.

Análisis basado en 22 de 25 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

27 consultas

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