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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre fondos gananciales

14 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «fondos gananciales», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 14 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

En el régimen de gananciales, la titularidad de la vivienda se determina por la proporción de las aportaciones de cada cónyuge y de la sociedad. Las cantidades satisfechas con fondos gananciales para amortizar un préstamo se imputan por mitad a cada cónyuge. En la declaración individual, cada uno puede integrar en su base de deducción el 50% de dichas cantidades, sujeto al límite de 9.040 euros anuales.

La posición de la DGT se mantiene constante en la imputación del 50% de los pagos gananciales a cada cónyuge. La doctrina ha reiterado que el titular originario solo puede computar su parte proporcional de los pagos comunes. No se observan cambios de criterio, sino una confirmación sistemática de la distribución de la propiedad y los pagos según las aportaciones.

Análisis basado en 13 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

14 consultas

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