Ir al contenido

Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre empleado público

21 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «empleado público», con su criterio vigente y la ley aplicable.

← Observatorio DGT

Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 20 consultas · 2016–2025

Criterio vigente

Las retribuciones de empleados públicos por permisos de parto, adopción, guarda o paternidad están exentas de IRPF según el artículo 7 h) de la LIRPF. La exención se limita a la cuantía máxima que reconozca la Seguridad Social por dicho concepto; el exceso tributa como rendimiento del trabajo. El permiso de lactancia retribuido no está amparado por esta exención y debe tributar íntegramente.

La DGT mantiene una posición constante sobre la exención de las retribuciones por permisos de maternidad, paternidad, adopción o guarda, limitándola siempre al tope de la Seguridad Social. La evolución muestra una delimitación más estricta del concepto de exención al excluir explícitamente el permiso de lactancia. No hay cambios en el tratamiento de los gastos de defensa jurídica.

Puntos de inflexión

  1. V1251-25

    Establece que el permiso de lactancia retribuido no está amparado por la exención del artículo 7 h) de la LIRPF y debe tributar como rendimiento del trabajo.

Análisis basado en 17 de 20 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

21 consultas

Aplíquelo a su caso

Reservar primera reunión gratuita