Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La transmisión de elementos no afectos a la actividad económica genera ganancias o pérdidas patrimoniales calculadas por la diferencia entre valores de adquisición y transmisión. Para bienes adquiridos antes de 1995, es aplicable la reducción por permanencia de la disposición transitoria novena. En el caso de participaciones, la exención por donación requiere que la entidad mantenga su actividad económica para no incurrir en la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de las reglas generales de ganancias y pérdidas patrimoniales para bienes no afectos. Las consultas mantienen la coherencia sobre el cálculo de valores y la aplicación de reducciones por antigüedad. No se observan cambios doctrinales, sino la aplicación sistemática de la normativa a distintos tipos de activos.
Análisis basado en 9 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.