Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La restitución de cantidades por nulidad de contratos o cláusulas suelo no constituye renta en el IRPF al buscar el retorno al estado inicial. Si los importes devueltos se utilizaron para la deducción por inversión en vivienda habitual, el contribuyente debe regularizar dicha deducción en los ejercicios no prescritos. Los intereses legales derivados de estas devoluciones tienen carácter indemnizatorio y tributan como ganancia patrimonial en la base del ahorro.
La posición de la DGT se mantiene constante en la secuencia analizada. El criterio establece que las devoluciones por nulidad de préstamos o cláusulas no son renta, pero obligan a regularizar la deducción por vivienda habitual si se aplicó sobre esos importes. No se observan cambios en la doctrina aplicada a este supuesto.
Análisis basado en 16 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.