Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La modificación de coeficientes de participación o la rectificación de linderos y extensiones sin alteración de las superficies de pisos y locales no tributa por la cuota variable de AJD, al no tener por objeto cantidad o cosa valuable. Solo devenga el impuesto si la operación implica un aumento real de la superficie de la edificación o del terreno. En ese caso, la base imponible será el valor del incremento del valor real de la obra nueva y del terreno.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. La doctrina distingue claramente entre actos que solo rectifican medidas o coeficientes, los cuales carecen de objeto con cosa valuable, y aquellos que incrementan la superficie real, que sí tributan. No se observan cambios en la interpretación del concepto de cosa valuable en este ámbito.
Análisis basado en 12 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.