Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El empresario se computa como una persona no asalariada completa, salvo que se acredite una dedicación inferior a 1.800 horas/año por causas objetivas. En tales casos, el módulo se calcula dividiendo las horas efectivas entre 1.800. Para tareas de dirección, organización y planificación, se aplica un mínimo de 0,25 personas/año, salvo acreditación de una dedicación distinta.
La posición de la DGT se mantiene estable en la aplicación de la regla general de computar al empresario como una persona completa. La evolución se limita a la identificación de nuevas causas objetivas que permiten el prorrateo por horas efectivas, como la jubilación, la situación epidemiológica por COVID-19 o las bajas por maternidad y riesgo durante el embarazo.
Puntos de inflexión
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Aclara que la jubilación activa no implica por sí misma una reducción de la dedicación, manteniendo la regla de la persona completa si no se acredita una disminución real de horas.
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Establece que las bajas por riesgo durante el embarazo y por maternidad son causas objetivas para computar la dedicación mediante el prorrateo de horas efectivas.
Análisis basado en 9 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.