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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre autorización de circulación

11 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «autorización de circulación», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 11 consultas · 2015–2023

Criterio vigente

El uso de gasóleo bonificado está prohibido en motores de artefactos autorizados para circular por vías o terrenos públicos, salvo en tractores y maquinaria agrícola destinada a actividades agrarias. Los vehículos especiales pueden utilizarlo si no cuentan con autorización de circulación o si la han perdido por anulación, revocación o baja en el Registro de la DGT. Los vehículos ordinarios no pueden utilizar este carburante bajo ningún supuesto.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. El criterio se centra en la configuración objetiva del artefacto y en la ausencia de autorización efectiva para circular por vías públicas. No se observan cambios en la interpretación de la norma a lo largo de los años.

Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

11 consultas

V0897-22 27 abr 2022

Es posible utilizar gasóleo bonificado en un tractor agrícola si este deja de estar autorizado para circular (por ejemplo, mediante la baja en el Registro de la DGT)

SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente
gasóleo bonificadovehículo especialbaja en el registrotipo impositivo reducidotrazadores y marcadores Ley 38/1992 de Impuestos EspecialesReal Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos
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