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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre aportación de activos

88 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «aportación de activos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 50 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La aportación de elementos patrimoniales o de una rama de actividad se acoge al régimen de neutralidad fiscal si la entidad receptora es residente en España y el aportante mantiene una participación de al menos el 5% de los fondos propios. Los bienes aportados deben estar afectos a una actividad económica con contabilidad según el Código de Comercio. La operación debe responder a motivos económicos válidos, como la continuidad o desarrollo de la actividad, y no tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal.

La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo, centrada en el cumplimiento de los requisitos de participación mínima del 5% y la residencia de la receptora. A lo largo de las consultas, se ha ido precisando la naturaleza de los elementos aportados, exigiendo que estén afectos a una actividad económica con contabilidad. No se observan cambios de criterio, sino una reiteración de los requisitos de fondo y de la necesidad de motivos económicos válidos.

Puntos de inflexión

  1. V2520-23

    Precisa que los elementos aportados deben estar afectos a actividades con contabilidad según el Código de Comercio.

Análisis basado en 44 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 15 de septiembre de 2026.

88 consultas

V1769-21 7 jun 2021

Requisitos para acogerse al régimen especial de aportación de rama de actividad

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
rama de actividadaportación de activosunidad económicamotivos económicos válidossucesión a título universal LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.4LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 84.1
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V0243-18 1 feb 2018

Se puede aplicar el régimen especial de aportación de ramas de actividad si se constituye una unidad económica autónoma y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
rama de actividadrégimen especialaportación de activosmotivos económicos válidosunidad económica autónoma LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.4LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.2
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V2165-16 19 may 2016

La aportación de una rama de actividad inmobiliaria puede acogerse al régimen especial de IS si se cumplen los requisitos de unidad económica y motivos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
rama de actividadrégimen especialunidad económica autónomamotivos económicos válidosaportación de activos LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.4LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V1089-15 9 abr 2015

La aplicación del régimen especial de aportaciones de activos requiere el cumplimiento de requisitos legales y la existencia de motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especialaportación de activosmotivos económicos válidosparticipación en fondos propiosreestructuración LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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