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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre agente de seguros

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «agente de seguros», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2016–2023

Criterio vigente

Las comisiones por producción de seguros, incluso tras el cese de actividad, mantienen su calificación de rendimientos de actividades profesionales. La transmisión de carteras de seguros está sujeta a IVA al no existir una relación contractual directa con el asegurado. Las indemnizaciones por responsabilidad civil del agente no están sujetas a retención en el IRPF.

La posición de la DGT es estable en cuanto a la calificación de los rendimientos como profesionales, incluso en casos de jubilación o cese. Se han introducido precisiones sobre la exención del IVA, delimitando que la mediación requiere participación en la celebración del contrato y que la venta de carteras no es una operación exenta. La doctrina se mantiene constante en la aplicación de retenciones sobre comisiones.

Puntos de inflexión

  1. V0750-18

    Establece que para la exención de IVA el servicio debe consistir en la aproximación entre las partes, excluyendo actividades de puro 'back office'.

  2. V1554-22

    Determina que la transmisión de una cartera de seguros está sujeta a IVA al no cumplir el requisito de relación contractual entre prestador y asegurado.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.

8 consultas

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