Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Una Cámara de Comercio consulta si la entrega de moldes a operadores de la UE está exenta de IVA. La DGT responde que, si los moldes no se transportan a otro Estado miembro, la operación está sujeta al IVA con el tipo general.
Estudio de la operación.
La venta del molde y la de las piezas fabricadas con él son operaciones independientes. La entrega del molde está sujeta al IVA y no aplica la exención por entregas intracomunitarias si los bienes no se transportan a otro Estado miembro. El devengo se produce cuando el molde se pone a disposición del cliente, aunque permanezca en las instalaciones del vendedor. Los pagos anticipados también devengan el impuesto.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0297-14 Órgano SG de Impuestos sobre el Consumo Fecha salida 06/02/2014 Normativa Ley 37/1992 art. 4- 25 - 75 Descripción de hechos Una Cámara de Comercio pregunta sobre la entrega de moldes a operadores comunitarios. Cuestión planteada Estudio de la operación. Contestación completa 1.- El artículo 4, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), establece que estarán sujetas al citado tributo las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional. La venta del molde, y la venta de las piezas en cuya fabricación ha sido utilizado el primero, constituyen operaciones independientes a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, y deberán seguir cada una por separado el régimen de tributación que les corresponde en dicho Impuesto, sin que, por tanto, el importe de la venta del molde pueda integrarse en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a la venta de las piezas. El régimen básico de tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido de la entrega del molde es el siguiente: 1º) Dicha entrega está sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido. En particular, no resultará aplicable a dicha entrega la exención prevista en el artículo 25.uno.a) de la Ley 37/1992, ya que aunque que el destinatario de la misma es un empresario de otro Estado miembro de la Comunidad, los bienes no son expedidos o transportados a otro Estado miembro. 2º) La consultante está por tanto obligada a repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido que grava la referida entrega sobre su cliente destinatario de la misma, mediante la expedición de la correspondiente factura relativa a tal operación (artículos 84 y 88 de la Ley 37/1992). La cuota del Impuesto a repercutir será el importe resultante de aplicar el tipo general del Impuesto sobre la base imponible del Impuesto correspondiente a la referida entrega (importe de la total de la contraprestación por la entrega de los moldes). Los clientes comunitarios tendrán, en su caso, posibilidad de solicitar la devolución del Impuesto, con arreglo al artículo 119 de la Ley 37/1992. 3º) El devengo del Impuesto correspondiente a esta entrega se producirá en el momento en que el molde se ponga a disposición del cliente comunitario, sin perjuicio de que dicho molde permanezcan en las instalaciones de la consultante para la fabricación de los objetos encargados por el cliente. Este momento sería el determinante para establecer tanto la obligación que tiene la consultante de repercutir el Impuesto como los plazos de que dispone el cliente para solicitar, en su caso, la devolución de su importe. 2.- En relación con los pagos anticipados, el apartado Dos del artículo 75 de la Ley 37/1992 establece lo siguiente: “No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en las operaciones sujetas a gravamen que originen pagos anticipados anteriores a la realización del hecho imponible el Impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a las entregas de bienes comprendidas en el artículo 25 de esta Ley”. Por consiguiente, los cobros anticipados que percibiera el consultante con carácter previo a la entrega del molde al destinatario, al no considerarse como una adquisición intracomunitaria, supondrán el devengo del Impuesto. Como hemos dicho anteriormente, la entrega se entenderá devengada cuando se pongan los moldes a disposición del cliente comunitario aún cuando la empresa española disponga de ellos en sus instalaciones para el proceso productivo encargado por aquel. 3.- Sin perjuicio de lo dicho anteriormente, si se enviaran los moldes a otro Estado miembro, la operación determinaría una entrega intracomunitaria exenta o una asimilada a una entrega intracomunitaria, de la que sería sujeto pasivo la empresa propietaria de los moldes, es decir, las empresas comunitarias, clientes de la española. 4.- Al no haber contraprestación, la destrucción del molde en el territorio de aplicación del Impuesto no constituye hecho imponible ni tiene consecuencia a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. 5.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso