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BOE-A-2026-5818 ·12 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Inadmisión de recurso: la prohibición de alquiler turístico en estatutos de propiedad horizontal prevalece

En 2 claves

  1. Inadmisión del recurso por identidad de razón con resoluciones desestimatorias previas (Resolución de 3 de diciembre de 2025)
  2. Plazo de dos meses para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Sociedades propietarias de inmuebles sujetos a estatutos de propiedad horizontal con prohibición de alquiler turístico

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas en comunidades con prohibición estatutaria de alquiler turístico

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del inmueble art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria 2 meses desde la notificación

Línea de vida

2026-03-12PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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