Ir al contenido
BOE-A-2026-5806 ·12 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Prohibición de alquiler turístico en edificios con estatutos restrictivos: se confirma la inadmisión del recurso

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha declarado la inadmisión de un recurso interpuesto contra la suspensión de un número de registro de alquiler turístico en Rota. La decisión se basa en que los estatutos de la propiedad horizontal del inmueble prohíben expresamente dicha actividad, siguiendo la doctrina ya establecida en múltiples resoluciones previas de este Centro Directivo durante el año 2025.

En 1 clave

  1. Plazo de dos meses para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas en edificios con estatutos que prohíban el alquiler turístico
  • Interesados en obtener número de registro de alquiler de corta duración

Cómo afecta a los implicados

Para los propietarios de viviendas en comunidades de vecinos que deseen realizar alquileres de corta duración turística, la existencia de una prohibición en los estatutos de la propiedad horizontal impide la obtención de un número de registro único (resolución). Los particulares afectados por esta decisión disponen de un plazo de dos meses para interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil competente (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia si se desea recurrir la resolución art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria 2 meses desde la notificación

Línea de vida

2026-03-12PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo administrativo revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo administrativo
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto