La norma modifica los artículos 4.3-2 y 12.9-1 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de Cataluña, estableciendo nuevas condiciones para el cálculo y cobro de tasas en explotaciones agrarias y forestales. El cambio afecta directamente a las empresas que operan en estos sectores, obligándolas a ajustar sus sistemas de cálculo y presentación de tasas dentro de un plazo de 30 días. Esta modificación busca mejorar la transparencia y la eficiencia en la gestión de las tasas.
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art. 4.3-2 y 12.9-1
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Las empresas agrarias y forestales deben actualizar sus sistemas de cálculo de tasas para cumplir con las nuevas condiciones establecidas. Los administradores y gestores de explotaciones enfrentan un mayor esfuerzo de adaptación, especialmente en zonas con alta densidad de explotaciones. Los asesores deben revisar sus procedimientos y asegurarse de que los plazos de adaptación se respeten. Además, el sector puede enfrentar riesgos de incumplimiento si no actúan en el plazo establecido.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y actualizar el cálculo de tasas según los nuevos artículos 4.3-2 y 12.9-1 | art. 4.3-2 y 12.9-1 | 30 días desde la entrada en vigor |
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