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BOE-A-2026-5164 ·5 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Prohibición de alquiler turístico en comunidades: se confirma la inadmisión de recurso por existir prohibición en estatutos

En 2 claves

  1. Inadmisión del recurso por identidad de razón con resoluciones desestimatorias previas (Resolución de 18 de noviembre de 2025)
  2. Plazo de dos meses para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de inmuebles en régimen de propiedad horizontal
  • Interesados en realizar alquileres de corta duración turístico

Resolución de 18 de noviembre de 2025

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia del inmueble art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria 2 meses desde la notificación

Línea de vida

2026-03-05PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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