La Secretaría General de Pesca establece la ordenación de la pesquería de caballa (stock MAC/2CX14-) para la flota de altura, gran altura y buques palangreros menores de 100 toneladas de registro bruto que operan en la zona NEAFC. Se fija una cuota adaptada para 2026 de 1.275.753 kg para este grupo de buques (Primero). Para evitar el agotamiento rápido de la cuota debido al carácter migratorio de la especie, se impone un tope de captura diario de 10.000 kg por buque (Segundo).
Aplica a este perfil
Primero
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Para los armadores y tripulaciones de los buques autorizados bajo la Orden APM/920/2017, la norma impone una restricción operativa diaria de capturas para evitar el rebasamiento de la cuota (Segundo). En 2026, el límite es de 10.000 kg/buque/día, pero este se reducirá drásticamente a 100 kg/buque/día a partir del 1 de enero de 2027 (Tercero). La administración se reserva la facultad de modificar estos topes según la evolución de la pesquería (Tercero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Respetar el tope diario de captura de 10.000 kg/buque/día para el stock MAC/2CX14- | Segundo | hasta el 31 de diciembre de 2026 |
| Consultar posibles actualizaciones de los topes en la web del Ministerio | Tercero |
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