El Real Decreto 66/2026 establece normas para las adquisiciones en común y proyectos colaborativos en el marco de iniciativas europeas de defensa, en conformidad con el Reglamento (UE) 2025/1106 y la Ley 12/2012. Se define el procedimiento para la participación en proyectos colaborativos y se establece un plazo de tres meses para la adaptación de los procesos de adquisición. Este cambio permite una mayor coordinación entre entidades defensivas y facilita la ejecución de proyectos europeos en el sector armamentístico.
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Para empresas del sector defensivo, implica la necesidad de revisar sus procesos de adquisición y adaptarlos a los nuevos criterios de colaboración europea. Las administraciones defensivas podrán coordinar mejor sus proyectos. Los asesores en contratación deben actualizar sus guías y formación para cumplir con los nuevos requisitos. Los participantes en proyectos colaborativos deben asegurarse de cumplir con los plazos de adaptación para evitar sanciones o rechazo de propuestas.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y adaptar procesos de adquisición en común y proyectos colaborativos | art. 4 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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