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BOE-A-2026-15537 ·16 de julio de 2026 ·Resolución not-relevant
Administrativo

Prohibición de alquiler turístico: se desestima recurso contra la negativa de asignar número de registro por estatutos de propiedad horizontal

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso contra la nota de calificación de un registrador que suspendió la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración (turístico). La decisión se fundamenta en que los estatutos de la propiedad horizontal de la finca prohíben actividades que perturben la buena vecindad o la tranquilidad de los vecinos (texto fuente). La resolución se alinea con la jurisprudencia administrativa previa de este Centro Directivo.

En 2 claves

  1. Los estatutos de la propiedad horizontal pueden prohibir actividades que perturben la tranquilidad de los vecinos (texto fuente)
  2. Posibilidad de recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil en un plazo de dos meses (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas en comunidades de propietarios con estatutos que limiten el uso de la vivienda

Cómo afecta a los implicados

Para los propietarios de inmuebles en comunidades de propietarios con estatutos restrictivos, esta resolución confirma que las prohibiciones de uso contenidas en los estatutos de la propiedad horizontal prevalecen sobre la solicitud de registros para alquileres turísticos. Los propietarios que pretendan explotar viviendas de forma turística en fincas con cláusulas de este tipo enfrentan el riesgo de que el Registrador de la Propiedad suspenda la asignación del número de registro necesario para la actividad.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia en caso de disconformidad art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria dos meses desde la notificación

Línea de vida

2026-07-16PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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