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BOE-A-2026-11151 ·23 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Propietarios de viviendas turísticas: la asignación del número de registro único requiere autorización expresa de la comunidad de propietarios

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la suspensión de la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración. La registradora suspendió el trámite al no acreditarse el título habilitante necesario conforme al Real Decreto 1312/2024. El caso destaca la relevancia de los estatutos de la comunidad de propietarios y la necesidad de cumplir con la ordenación autonómica o local para evitar la inhabilitación de anuncios en plataformas (art. 9 y 10 RD 1312/2024).

En 2 claves

  1. Plazo de 7 días hábiles para subsanar defectos tras notificación negativa o se suspenderá la validez del número de registro, art. 10.2 RD 1312/2024 (art. 10, párrafos 2 y 3, del Real Decreto 1312/2024)
  2. Las plataformas de alquiler deben eliminar o inhabilitar anuncios si el número de registro es suspendido, art. 10.3 RD 1312/2024 (art. 10, párrafos 2 y 3, del Real Decreto 1312/2024)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas de uso turístico
  • Solicitantes de número de registro único de alquiler de corta duración

art. 9, 2.a), 5.º del Real Decreto 1312/2024

Cómo afecta a los implicados

Para los propietarios de viviendas de uso turístico, la obtención del número de registro único está condicionada a la acreditación de la licencia o declaración responsable y al cumplimiento de los estatutos de la comunidad (art. 9.2.a RD 1312/2024). El incumplimiento o la falta de subsanación en 7 días hábiles conlleva la suspensión de la validez del número de registro y la obligación de las plataformas de eliminar o inhabilitar los anuncios (art. 10.2 y 10.3 RD 1312/2024).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Acreditar el título habilitante (licencia o declaración responsable) para el uso turístico art. 9.2.a RD 1312/2024 7 días hábiles desde la notificación negativa
Verificar que el número de licencia figura correctamente en la web de la autoridad competente (Conselleria) nota de calificación registral

Línea de vida

2026-05-23PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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