Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar la reducción sobre el rendimiento neto positivo del arrendamiento de vivienda, el inmueble debe destinarse a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. El destino efectivo del contrato debe ser la vivienda permanente y el uso exclusivo debe recaer en la persona física determinada en el contrato. La comprobación de estos requisitos es una cuestión de hecho que debe acreditarse con medios de prueba válidos.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de acreditar el destino efectivo del inmueble como vivienda permanente. Se ha reforzado la necesidad de que el contrato identifique específicamente a la persona física que ocupará la vivienda para que proceda la reducción, incluso cuando el arrendatario sea una persona jurídica.
Puntos de inflexión
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Establece que para aplicar la reducción cuando el arrendatario es una persona jurídica, el contrato debe dejar constancia de que el uso exclusivo recae en una persona física identificada.
Análisis basado en 29 de 31 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.