Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las ventas a consumidores finales en la UE se rigen por el régimen de ventas a distancia, tributando en el Estado de llegada si se superan los límites cuantitativos. Para importaciones desde terceros países, si el valor es inferior a 150 euros, la plataforma puede actuar como proveedor asimilado mediante el régimen especial IOSS. Si el valor supera los 150 euros, el cliente es el sujeto pasivo de la importación.
El análisis automático no pudo anclar los hitos en los criterios disponibles. La posición de la DGT parece consistente en el corpus.
Análisis basado en 39 de 40 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.