Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El tipo reducido del 10% se aplica a productos de apoyo diseñados para el uso personal y exclusivo de personas con deficiencias, siempre que cumplan con sus características objetivas y figuren en el anexo de la Ley. Se incluyen específicamente barras de apoyo, asideros de ducha y asientos elevadores de inodoros. Los accesorios de lavamanos, cisternas o anclajes de inodoro tributan al tipo general del 21%.
La DGT mantiene una interpretación restrictiva basada en la naturaleza objetiva del producto y su inclusión en el anexo legal. A lo largo de los años, la administración ha precisado que no basta con la finalidad del producto, sino que este debe estar taxativamente listado o cumplir estrictamente con la definición de diseño para deficiencias. La evolución muestra una delimitación cada vez más clara entre productos de apoyo específicos (10%) y accesorios generales (21%).
Puntos de inflexión
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Precisa la aplicación del tipo del 4% para prótesis, ortesis e implantes cuando el adquirente tiene una discapacidad acreditada igual o superior al 33%.
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Extiende la aplicación del 10% a productos de apoyo específicos como barras de apoyo para baños y asientos elevadores de inodoros.
Análisis basado en 89 de 91 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.