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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre tipo medio de gravamen

9 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «tipo medio de gravamen», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 8 consultas · 2015–2025

Criterio vigente

Las rentas exentas que no cuentan con la disposición normativa de aplicarse con progresividad, como los tickets restaurante o ciertas indemnizaciones, no se incluyen para calcular el tipo medio de gravamen. Por el contrario, las rentas exentas con progresividad, como las pensiones en convenios de doble imposición, sí se suman a la base para determinar dicho tipo. En la consolidación de la plena propiedad tras una donación de nuda propiedad, se aplica el tipo medio de gravamen vigente en el momento de la desmembración del dominio.

La DGT mantiene criterios diferenciados según la naturaleza de la exención: distingue entre rentas exentas con progresividad y aquellas que no afectan al cálculo del tipo medio. Respecto a la donación de nuda propiedad, la posición es constante desde 2015 al exigir la aplicación del tipo medio de gravamen de la desmembración. No se observa un cambio doctrinal, sino una aplicación de reglas específicas para distintos supuestos de exención y desmembración de dominio.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.

9 consultas

V5618-26 17 sept 2026

Las ayudas de formación para estudiantes residentes en España procedentes de Portugal pueden estar exentas de tributación

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
rentas exentas con progresividadconvenio de doble imposiciónresidencia fiscalayuda de formacióntipo medio de gravamen Convenio entre España y Portugal para evitar la doble imposiciónLIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. disposición adicional vigésima
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