Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La entrega de terrenos por un empresario está sujeta al IVA si el terreno es un solar o es edificable mediante licencia administrativa. La exención de terrenos rústicos no se aplica a terrenos en curso de urbanización donde el transmitente haya asumido costes de transformación física. Solo permanecen exentos los terrenos destinados exclusivamente a parques, jardines públicos o superficies viales de uso público.
La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. El criterio establece que la condición de edificable o la realización de obras de transformación física despoja al terreno de la exención de terrenos rústicos. No se observan cambios en la interpretación de la norma a lo largo de los años.
Análisis basado en 38 de 40 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.