Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La incorporación de trabajadores por subrogación no constituye creación de empleo al tratarse de la asunción de obligaciones preexistentes. Esto impide computar dichos trabajadores como incremento de la plantilla media para acceder a la Reducción de la Imposibilidad de Creación de Empleo (RIC). Asimismo, en subrogaciones empresariales obligatorias, el adquirente mantiene la condición de mismo pagador para el límite de obligación de declarar.
La posición de la DGT se mantiene estable en torno a la naturaleza de la subrogación. Se confirma de forma reiterada que no hay creación de empleo ni nueva relación laboral, lo que afecta tanto al cómputo de la plantilla media como a la aplicación de incentivos fiscales. La doctrina es constante en la aplicación de la figura del mismo pagador para evitar la duplicidad de pagadores.
Puntos de inflexión
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Establece que el pago por la subrogación de contratos no es una indemnización, sino una contraprestación de servicios sujeta al IVA al tipo general.
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Determina que el nuevo titular mantiene la condición de mismo pagador, impidiendo que la subrogación genere la existencia de más de un pagador para el límite de obligación de declarar.
Análisis basado en 13 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.