Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención requiere reinvertir el importe obtenido en la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual en un plazo de dos años. En caso de construcción, la obra debe finalizar en un máximo de cuatro años desde el inicio de la inversión. Si la reinversión es parcial, la exención se aplica de forma proporcional a la cantidad efectivamente invertida. No es necesario que los fondos sean los mismos debido al carácter fungible del dinero.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tratamiento de la reinversión parcial y la fungibilidad del dinero. Se han integrado precisiones sobre la construcción de vivienda, estableciendo plazos específicos para la finalización de la obra. El criterio sobre la proporcionalidad de la exención ante reinversiones incompletas es uniforme en toda la secuencia.
Puntos de inflexión
-
Define que el importe a reinvertir es el valor de transmisión tras deducir gastos e hipotecas pendientes, admitiendo la exención proporcional.
-
Establece que para la construcción la obra debe finalizar en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.