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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre periodo de consultas

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «periodo de consultas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2015–2016

Criterio vigente

Para despidos colectivos comunicados a partir del 1 de agosto de 2014, la exención de la indemnización se limita al menor de dos importes: la cuantía obligatoria del Estatuto de los Trabajadores por despido improcedente o 180.000 euros. El exceso tributa como rendimiento del trabajo y permite la reducción del 30% del artículo 18.2 de la LIRPF. Si la comunicación fue anterior al 1 de agosto de 2014, no aplica el límite de 180.000 euros, limitándose la exención a los topes del Estatuto de los Trabajadores.

La posición de la DGT se mantiene constante al distinguir dos regímenes según la fecha de comunicación del periodo de consultas. Las consultas de 2015 y 2016 confirman que para comunicaciones posteriores al 1 de agosto de 2014 se aplica el doble límite (Estatuto de los Trabajadores o 180.000 euros), mientras que para comunicaciones anteriores se mantiene únicamente el límite del Estatuto de los Trabajadores.

Puntos de inflexión

  1. V3003-15

    Establece el criterio para comunicaciones a partir del 1 de agosto de 2014, fijando la exención al menor de la cuantía del Estatuto de los Trabajadores o 180.000 euros.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.

8 consultas

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