Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los trabajadores extranjeros no residentes pueden acceder al tipo del 2% del TRLIRNR si cumplen cuatro condiciones: ser personas físicas no residentes, tener contratos de temporada o campaña de duración determinada, ser trabajadores extranjeros y cumplir la normativa laboral. Esto incluye tanto contratos de duración determinada como contratos indefinidos fijo-discontinuos. Asimismo, las personas físicas extranjeras sin número de identidad deben solicitar un NIF con letra inicial M.
La posición de la DGT no muestra una evolución doctrinal sobre un concepto único, sino que aborda diversas materias aplicables a no residentes. Se observa una dispersión de criterios que cubren desde la acreditación de la condición de no residente y la obtención de NIF, hasta la aplicación de tipos reducidos para trabajadores de temporada y la localización de servicios de asesoramiento.
Puntos de inflexión
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Establece que la prestación de servicios jurídicos para declaraciones tributarias no es un servicio relacionado con un bien inmueble, al primar el componente de asesoramiento.
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Determina que la retención sobre rentas de artistas y deportistas debe aplicarse sobre el importe íntegro, sin minorar conceptos como cargas sociales.
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Precisa que el tipo del 2% para trabajadores de temporada incluye también a los contratos indefinidos fijo-discontinuos.
Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.