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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre interés legal del dinero

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «interés legal del dinero», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Criterio matizado Confianza alta 8 consultas · 2016–2025

Criterio vigente

Los préstamos o anticipos de salarios futuros concedidos con un tipo de interés inferior al interés legal del dinero constituyen rendimientos del trabajo en especie. La valoración de dicha renta es la diferencia entre el interés legal del dinero vigente y el interés efectivamente pagado por el trabajador. Si el tipo de interés aplicado es igual al interés legal del dinero, no existe retribución en especie.

La posición de la DGT ha pasado de valorar los préstamos por la diferencia con el precio de mercado (V1572-16) a aplicar de forma sistemática la diferencia con el interés legal del dinero. A partir de 2018, la doctrina se ha estabilizado en el uso del interés legal como base de valoración para préstamos y anticipos de salarios futuros. Las consultas más recientes confirman este criterio de valoración basado en el interés legal.

Puntos de inflexión

  1. V1572-16

    Establecía que la valoración no se haría por la diferencia con el interés legal, sino por la diferencia con el precio ofertado al público para un préstamo de la misma naturaleza.

  2. V1292-18

    Cambia el criterio de valoración hacia la diferencia entre el interés pagado y el interés legal del dinero.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.

8 consultas

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