Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La participación en el capital social o la financiación mediante instrumentos de deuda son medios válidos para materializar la Reserva para Inversiones en Canarias. No se exige una forma concreta de instrumentación para la financiación de proyectos. La obtención de la resolución de idoneidad no es requisito previo a la emisión de los instrumentos financieros, aunque la solicitud debe realizarse antes de dicha emisión si el proyecto ya ha comenzado.
La posición de la DGT ha pasado de considerar la inversión en participaciones como no apta para la reserva (V2873-14) a admitir la participación en capital y la deuda como medios válidos (V0746-18). La evolución se centra en la flexibilización de la forma de instrumentar la financiación de proyectos en Canarias. Asimismo, se ha precisado el momento procesal para la solicitud de idoneidad respecto a la emisión de instrumentos financieros (V1116-18).
Puntos de inflexión
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Permite la participación en capital social o deuda como medios válidos para la Reserva para Inversiones en Canarias, al no existir una forma concreta de instrumentación exigida por la normativa.
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Establece que la resolución de idoneidad no es requisito previo a la emisión de instrumentos financieros, pero la solicitud debe presentarse antes de la emisión si el proyecto ya ha iniciado.
Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.