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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre gastos de reparación

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «gastos de reparación», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2017–2024

Criterio vigente

Los gastos de reparación y conservación son deducibles en el IRPF si el inmueble está afecto a la actividad económica y su parte es susceptible de aprovechamiento independiente. Se distinguen de las mejoras, las cuales aumentan el valor de adquisición y se deducen mediante amortización. En el IVA, la deducibilidad de las obras depende de si se consideran bienes de inversión y del porcentaje de afectación a la actividad.

La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción técnica entre reparaciones y mejoras. Las consultas confirman que las reparaciones son gastos del ejercicio y las mejoras incrementan el valor de adquisición. La doctrina se ha centrado en precisar la afectación parcial de la vivienda y la naturaleza de las obras para determinar su tratamiento fiscal.

Puntos de inflexión

  1. V3624-20

    Establece que en caso de afectación parcial, solo se consideran afectas las partes susceptibles de un aprovechamiento separado e independiente.

  2. V1972-21

    Clarifica que las obras de reparación no forman parte del valor de adquisición, mientras que las mejoras que aumenten la capacidad o vida útil sí lo hacen.

Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

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