Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El régimen de dietas exentas del artículo 9 del Reglamento del IRPF requiere una relación laboral de dependencia. Para que las cantidades no tributen en sujetos sin relación laboral, deben ser gastos por cuenta de un tercero, lo que implica que el pagador proporcione directamente los medios de transporte o alojamiento. Si se realiza un reembolso sin acreditar que compensa estrictamente el desplazamiento o se abona una cantidad para libre asignación, la cuantía constituye renta dineraria sujeta a IRPF.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. El criterio establece que, ante la ausencia de relación laboral, la no tributación depende de la provisión directa de medios o de la acreditación estricta del gasto para evitar que el reembolso se considere renta.
Análisis basado en 9 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.