Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La condición de explotación prioritaria se acredita mediante certificación de la Comunidad Autónoma o inclusión en el Catálogo General. Para aplicar reducciones fiscales, como la del 25% en el rendimiento neto, es imprescindible mantener la condición de agricultor joven (menor de 40 años) y acreditar la realización de un plan de mejora. En transmisiones de fincas con reducción, el adquirente debe evitar la enajenación, arrendamiento o cesión durante cinco años para conservar el beneficio.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los requisitos de la Ley 19/1995. Las consultas se han centrado en precisar los mecanismos de acreditación de la condición de explotación prioritaria y en delimitar los supuestos de pérdida de beneficios fiscales, como el cumplimiento de la edad límite para agricultores jóvenes o la transmisión de fincas antes del plazo legal.
Puntos de inflexión
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Precisa que el derecho a la reducción del 25% se pierde en el año en que el agricultor cumple cuarenta años, al dejar de cumplir la condición de agricultor joven.
Análisis basado en 8 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.