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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre explotación prioritaria

12 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «explotación prioritaria», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 12 consultas · 2015–2021

Criterio vigente

La condición de explotación prioritaria se acredita mediante certificación de la Comunidad Autónoma o inclusión en el Catálogo General. Para aplicar reducciones fiscales, como la del 25% en el rendimiento neto, es imprescindible mantener la condición de agricultor joven (menor de 40 años) y acreditar la realización de un plan de mejora. En transmisiones de fincas con reducción, el adquirente debe evitar la enajenación, arrendamiento o cesión durante cinco años para conservar el beneficio.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los requisitos de la Ley 19/1995. Las consultas se han centrado en precisar los mecanismos de acreditación de la condición de explotación prioritaria y en delimitar los supuestos de pérdida de beneficios fiscales, como el cumplimiento de la edad límite para agricultores jóvenes o la transmisión de fincas antes del plazo legal.

Puntos de inflexión

  1. V3041-20

    Precisa que el derecho a la reducción del 25% se pierde en el año en que el agricultor cumple cuarenta años, al dejar de cumplir la condición de agricultor joven.

Análisis basado en 8 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

12 consultas

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