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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre entidad depositaria

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «entidad depositaria», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2014–2022

Criterio vigente

La entidad depositaria española que registre la titularidad de los valores mobiliarios está obligada a informar mediante el modelo 189, lo que exime al titular de presentar el modelo 720 por dichos activos. Si los valores figuran registrados a nombre del cliente en una entidad extranjera, el titular debe presentar el modelo 720 si supera los límites legales. En casos de exclusión de retención para sujetos con establecimiento permanente, la entidad depositaria debe informar mediante el modelo 198.

La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre la función de mediación de la entidad depositaria y su responsabilidad informativa. La doctrina confirma que la obligación de informar por el modelo 720 depende de dónde conste el registro de la titularidad y no de acuerdos entre particulares. Se ha mantenido la coherencia sobre el uso de modelos específicos (189, 198 o 720) según la naturaleza de la custodia y la titularidad.

Puntos de inflexión

  1. V3282-20

    Reitera que la presentación voluntaria del modelo 189 para evitar el modelo 720 no es factible, vinculando la exención estrictamente al registro de titularidad por la sucursal.

  2. V1088-22

    Precisa que en procedimientos de exclusión de retención para contribuyentes con establecimiento permanente, la información debe suministrarse mediante el modelo 198 y no el 193.

Análisis basado en 9 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.

10 consultas

V1121-19 22 may 2019

No hay obligación de informar por el art. 42 ter si las acciones negociadas en mercados organizados se mantienen depositadas en entidades en España

SG de Tributos
declaración informativabienes en el extranjeroentidad depositariavalores mobiliariosobligación de informar RGAT — RD 1065/2007, Reglamento General de Actuaciones Tributarias art. 39.1RGAT — RD 1065/2007, Reglamento General de Actuaciones Tributarias art. 42 ter.1
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