Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La base imponible del grupo fiscal se determina sumando las bases imponibles individuales de las entidades integrantes y aplicando las eliminaciones correspondientes. Para la exención de rentas por transmisión de participaciones, el cumplimiento de los requisitos de participación y tenencia debe valorarse a nivel del grupo fiscal. Si la tenencia no es ininterrumpida a nivel de grupo en el año anterior a la transmisión, la renta positiva de la operación interna no será exenta.
La posición de la DGT se mantiene constante en la mecánica de determinación de la base imponible mediante la suma de bases individuales y la aplicación de eliminaciones por operaciones internas. La doctrina ha precisado que la valoración de requisitos para exenciones, como la tenencia ininterrumpida, debe realizarse considerando la perspectiva del grupo fiscal y no solo de la entidad individual.
Puntos de inflexión
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Establece que el cumplimiento de requisitos de participación y tenencia para la exención del artículo 21.3 LIS debe valorarse a nivel del grupo fiscal.
Análisis basado en 16 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.