Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Cada copropietario puede aplicar las deducciones por obras de rehabilitación energética según su porcentaje de titularidad, independientemente de que la factura se emita a nombre de un solo cotitular. Los límites de la deducción se aplican de forma individual en cada declaración. El pago puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba válido en Derecho. Las rentas de elementos comunes se atribuyen según la participación o estatutos, y en caso de usufructo, la renta corresponde al usufructuario.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de deducciones por obras, permitiendo el reparto proporcional según la titularidad y la flexibilidad en la acreditación del pago. No se observan cambios doctrinales significativos, sino una reiteración de la aplicación de la deducción de forma individualizada para cada copropietario. Las consultas más recientes precisan la atribución de rentas en supuestos de usufructo y la naturaleza de los pagos entre copropietarios.
Puntos de inflexión
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Establece que los límites de la deducción de 5.000 euros anuales y 15.000 euros acumulados se aplican de forma individual en cada declaración.
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Aclara que el importe que un copropietario paga a los demás dueños constituye rendimientos del capital inmobiliario para estos últimos.
Análisis basado en 9 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.