Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El límite máximo de reducción en la base imponible general por aportaciones a sistemas de previsión social se incrementa mediante las contribuciones empresariales. Este incremento permite aplicar un límite adicional de 8.500 euros para aportaciones al mismo sistema de empleo. El límite conjunto de aportaciones y contribuciones se refiere al total realizado a uno o varios instrumentos de previsión social.
La posición de la DGT ha pasado de aplicar límites de 2.000 y 8.000 euros a integrar los nuevos umbrales de 1.500 y 8.500 euros tras la reforma normativa. Se ha mantenido la distinción técnica de que las aportaciones del trabajador no son contribuciones empresariales, aunque se ha precisado que el incremento es aplicable al conjunto de instrumentos de previsión social.
Puntos de inflexión
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Introduce los nuevos límites de 1.500 euros para aportaciones y un incremento de 8.500 euros para contribuciones empresariales y aportaciones del trabajador a sistemas de empleo.
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Establece que el exceso por superar los límites máximos de aportación y contribución no puede reducirse en ejercicios posteriores, a diferencia de los excesos por insuficiencia de base.
Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.