Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los rendimientos de seguros se imputan al periodo impositivo en que la prestación resulte exigible por su perceptor, valorándose la exigibilidad según la Ley de Contrato de Seguro y la póliza. En casos de rescate, la renta se imputa cuando la indemnización es exigible tras la solicitud del derecho. Si la cuantía depende de una resolución judicial, la imputación se realiza en el ejercicio en que la sentencia adquiera firmeza.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a la naturaleza de los rendimientos y su imputación temporal. Se ha reafirmado que la exigibilidad se rige por la normativa de seguros y la póliza, manteniendo el criterio de imputación en el ejercicio de firmeza judicial cuando existe litigio.
Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.