Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las aportaciones a mutualidades de previsión social que actúen como alternativa al RETA son deducibles como gasto de la actividad en la parte que cubran contingencias atendidas por la Seguridad Social. Esta deducibilidad tiene como límite la cuota máxima por contingencias comunes establecida para el régimen especial de autónomos en cada ejercicio. El exceso sobre dicho límite puede ser objeto de reducción en la base imponible si cumple los requisitos legales.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2018. El criterio establece que la deducibilidad de las aportaciones a mutualidades está condicionada a que estas actúen como alternativa al RETA y se limita a la cuota máxima por contingencias comunes. Las consultas posteriores han reiterado este tratamiento sin variaciones sustanciales.
Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.