Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para que la transmisión de elementos no esté sujeta al IVA, el conjunto debe constituir una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios. Esto requiere una estructura organizativa de factores materiales y humanos. La mera cesión de bienes, derechos o contratos sin dicha estructura está sujeta al impuesto.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo respecto a la no sujeción por transmisión de unidad económica. Las consultas confirman que la ausencia de una estructura organizativa de factores de producción convierte la operación en una mera cesión de bienes sujeta a IVA. No se observan cambios en el criterio base desde 2014.
Análisis basado en 35 de 35 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.